Artículo 70 | Fracción V
Última Actualización: 14/julio/2022 a las 12:31 pm
Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer;